Desarrollar y ejecutar las políticas de protección y promoción de la salud pública .
Realizar la vigilancia y análisis epidemiológico y la prevención de enfermedades.
Desempeñar, como autoridad sanitaria, las facultades administrativas previstas en la legislación vigente dirigidas al control sanitario, evaluación de riesgos e intervención pública en la higiene y seguridad alimentaria, aguas de consumo público, salubridad del medio ambiente y demás actuaciones relacionadas con la salud pública.
Resolver las autorizaciones administrativo-sanitarias en las materias que afectan a las áreas de actuación de la Dirección, sin perjuicio de las atribuciones que corresponden a las Direcciones Territoriales.
Coordinar las actuaciones sanitarias ante situaciones de alerta alimentaria o similares.
Proponer la cooperación del Departamento de Sanidad con los Municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco en los ámbitos que les competen, y coordinar el apoyo técnico-material y el diseño de estrategias conjuntas.
Coordinar, programar y dirigir la red de laboratorios de salud pública.
Resolver los procedimientos sancionadores en materia de salud pública por infracciones leves y graves.
Adoptar las medidas ablatorias de cierre de establecimientos o suspensión de su funcionamiento que no tengan carácter de sanción, en las áreas de la Dirección.